Seguro popular un paliativo

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Juan Antonio de la Cruz Martín cuenta con seguro popular desde hace tres meses.
“Me cubre las citas con el doctor, parte de los medicamentos, atención dental y operaciones”. Dice que ayer operaron de la vesícula a su esposa pero tuvo que comprar los medicamentos, porque en el centro de salud donde los atendieron, no había para la tos o contra una infección.
José Heredia Ortiz tampoco tiene todas las de ganar: “Tengo año y medio comprándolo. Pago de manera trimestral 475 pesos, los cuales no incluyen algunos medicamentos que requiere mi esposa para controlar su epilepsia. Ella toma un medicamento que me cuesta alrededor de mil pesos, y otros dos para controlar el lupus, que cuesta más de 250… y con la situación económica, figúrese usted…”
A pesar de todo, a José Heredia sí le conviene el seguro popular, ya que “por 475 pesos la familia recibe atención médica. Es barato para el servicio que proporcionan, pero en medicamentos están escasos”.
En situación similar está María Sabás Cayetano Minjares, quien atestigua que lo ha utilizado cuatro veces. “Tengo la presión alta. La medicina me la dan en el centro de salud. También estoy enferma de la tiroides y gasto 120 pesos, o a veces más, por caja”.

Viola la Constitución
Además de ser inconstitucional en su concepción, el seguro popular no cubre en su totalidad todos los servicios médicos que requieren sus afiliados, por lo que más que una solución a la falta de seguridad social de muchos mexicanos, es un paliativo.
El seguro popular, explicó el especialista en seguridad laboral, de la Universidad de Guadalajara, íngel Guillermo Ruiz Moreno, es un programa de la Secretaría de Salud que tiene como finalidad proporcionar atención médica a personas que por carecer de una relación formal de trabajo, no están inscritas en un esquema de seguridad social, ya sea en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto de Seguridad y Servicio Social para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) o algún otro, como el de la Dirección de Pensiones del Estado.
No hay diferencia en los servicios para los que, por sus condiciones, reciben atención gratuita, y quienes pagan cuota, aseveró José Luis Gómez Quiñones, subdirector de Gestión de servicios, de la Secretaría de Salud Jalisco.
El estudio socioeconómico evalúa aspectos como condiciones de vivienda, número de hijos, edad de los jefes del hogar, pero no los ingresos económicos, de manera que de dos vecinas inscritas en el seguro popular, una tal vez pague cuota, y la otra no.
Por su parte Ruíz Moreno sostuvo que en realidad, no se trata de un seguro, porque no está regido por las reglas establecidas para esta clase de sistemas. No tiene cobertura amplia ni lo sustentan estudios actuariales ni estadísticas.
En su opinión, no es lícito que la Secretaría de Salud cobre por este servicio médico. La seguridad social en México la conforman tres sistemas: uno de salud institucional, otro de pensiones y el de prestaciones sociales, que incluye guarderías y vivienda.
El llamado seguro popular no considera dichos aspectos. “Más bien se trata de una cuota por servicios médicos y medicamentos que el interesado paga por anticipado. Es lesivo para muchos de los jaliscienses que ni siquiera tienen un trabajo formal”, indicó el investigador íngel Guillermo Ruiz Moreno.
“La Ley general de salud obliga a la Secretaría de Salud, cuya nómina todos pagamos, a que nos brinde atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria”.
Cualquier ciudadano, esté inscrito en el ISSSTE o en el IMSS, puede optar por ser atendido en un centro de salud, de la Secretaría de Salud, instancia que está obligada a darle servicio.
“Entiendo que desean atender con servicios médicos pagados a las personas que no están cubiertas por los institutos de seguridad social. Lo que no me cabe en la cabeza es cómo antes de crearlo, no reformaron la constitución para quitarle al Estado la obligación de brindar esos servicios de salud a la población abierta”.

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