Juicios orales: entre la transparencia y la rapidez

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Ya no hay marcha atrás para instaurar los juicios orales en México, sólo hace falta el deseo de hacer transparente la justicia y eliminar paradigmas.
Nuevo León es el primer estado mexicano en instaurar un juicio oral, gracias a las reformas al Código de Procedimientos Penales de la entidad, aprobadas en junio de 2004 por el Congreso Estatal neolonés. Fue realidad el 14 de febrero de 2005, cuando el juez Francisco Manuel Sáenz Moreno, lleva a cabo el primer juicio oral penal en México, por un caso de homicidio.
La instauración de juicios orales ha sido tema de polémica, pero a decir de María Guadalupe Balderas Alanís de Garza, jueza quinto de lo Familiar Oral del Poder Judicial del Estado de Nuevo León y el magistrado Antonio Fierros Ramírez, presidente de la Décima sala de justicia integral para menores en el Supremo Tribunal de Justicia del estado de Jalisco y académico de la División de Estudios Jurídicos del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades, este nuevo sistema es un beneficio para el ciudadano porque busca eficientar la justicia, el procedimiento es más breve y los costos son menores.
Este nuevo sistema ayuda a la democracia en México, ya que se traduce en transparencia, y da más certidumbre y confianza en el poder judicial, dijo Fierros Ramírez, quien además describe el perfil idóneo de quien sentencie un juicio oral: innovador, sin tabúes, disposición para aprender y conocer los nuevos lineamientos de juicios orales y saber valorar las pruebas de forma mediata.

Divorcios express
No todos los casos se pueden llevar a juicio oral. Los jueces cuentan con medidas alternas para resolver los conflictos, sobre todo en materia civil, y solucionarlos por la vía de la conciliación, arbitraje y mediación, explicó Balderas Alanís de Garza, primera juez en llevar cabo este tipo de juicio en materia familiar en febrero de 2007 en Nuevo León.
Se trató de un divorcio donde la pareja estaba de acuerdo en la separación y en tan sólo una semana ambos cónyuges ya estaban divorciados.
“No se trata de un divorcio express, la legislación y la constitución en el Artículo 17 indican que la justicia debe ser rápida, en un lapso no mayor de 15 días. Entonces se está cumpliendo con lo que dice la ley”.
Fierros Ramírez aclaró que la diferencia entre una audiencia de juicio oral y el proceso tradicional, es la manera como se desahogan las pruebas frente al juez, el cual tiene conocimiento cierto y presencial de las pruebas y así emite una resolución. En cuanto al jurado, no son ciudadanos como en los Estados Unidos sino el propio juez quien resuelve, lo que hace más confiable el proceso.
Por su parte, Balderas Alanís indica que las personas acuden a la sala de audiencia con más seguridad y tranquilidad de que un juez, un personal de derecho con amplio conocimiento en la ley, les va a resolver el caso de manera inmediata, “lo que hace más evidente la transparencia de este proceso”.
Sin embargo, a decir de la juez, lo más complicado en estos juicios son las emociones, que están a flor de piel al ventilar la historia familiar de una pareja y de sus hijos; por lo que el juez debe de ser muy sensible, ya que no se trata de pesos y centavos.
Comenta que tanto en los juicios que se resolvían en su despacho como en los juicios orales, las personas siguen manifestando sus emociones sin cohibirse, a sabiendas de que están siendo granados. El juez deberá conciliar con el enojo, la rabia y todos lo sentimientos que salen en la salas.

Cátedra universitaria
Según Fierros Ramírez, las universidades privadas llevan la ventaja a las públicas por lo que es indispensable por imperativo constitucional que se impulse el conocimiento sobre el sistema judicial oral en las universidades y colegios de abogados, y que sean capacitados en esos rubros, que no se pueden pasar por alto.
La Universidad de Guadalajara ha sido participe de las modificaciones al sistema de justicia en primer término. Ese punto ya se agotó y ahora le corresponde a las instancias políticas aprobar o no el proyecto de reforma que se realizó.
En el segundo aspecto, se refiere a la infraestructura, crear los espacios adecuados para el desarrollo de estos procedimientos y después de eso, será la capacitación donde participa de manera mediata y trascendente la universidad.

Y Jalisco, ¿cuándo?
Mientras que en Nuevo León hay diplomados, se llevan a cabo pláticas y simulacros de audiencias de juicios orales, Fierro Ramírez indica que en esta materia se avanza con cierta lentitud y por eso no se ve el resultado inmediato. De cada 100 asuntos, 10 llegan a juicio oral, el resto se resuelve por medios alternativos y en todos lo delitos no graves que se puedan manejar por medio de este procedimiento, estarían las personas aún siendo responsables haciendo uso del principio de inocencia y eso refleja un aspecto positivo para la ciudadanía.
En Jalisco los juicios orales están aprobados en cuanto al proyecto, aunque en el aspecto fáctico aún no, pero está proyectada la ciudad judicial que contendría 20 salas de juicios orales. Empezaría en materia penal, tomando en consideración los delitos no graves, de orden culposo.

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