Candados para las encuestas

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100529. CIUDAD Y REGION. EL LUNES INICIA EL CENSO DE POBLACION Y VIVIENDA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA GEOGRAFIA E INFORMATICA (INEGI). CHEMA MARTINEZ.

A pesar de que en 2015 habrá normas más severas para regular la elaboración y publicación de encuestas en materia electoral, nada garantiza que las empresas no vuelvan a cometer pecados de omisión metodológicos o peor aún, pudieran adulterar a propósito los resultados para beneficiar a tal o cual candidato, como fue denunciado en el proceso de 2012.

De acuerdo a la norma electoral, para evitar el florecimiento de encuestadoras “patito” o que los medios saquen sondeos de la manga que beneficien a aspirantes, todas las empresas deberán registrarse ante la autoridad electoral y cumplir con estrictos requisitos. Incluso cuando un periódico o programa televisivo o radiofónico publique un estudio, está obligado a notificar al Instituto Nacional Electoral (INE) o al organismo local para reportar quién contrató y cuáles son los criterios científicos y metodológicos empleados.

“Pero eso no garantiza que la metodología de la encuesta sea correcta o bien aplicada, y tampoco garantiza que los resultados vengan de una buena metodología. Con el fracaso de 2012, lo menos grave que puede uno pensar de las empresas encuestadoras es que su metodología falló, dándoles el beneficio de la duda acerca de si fueron éticos y no recurrieron a la manipulación. Personalmente pienso que en algunos casos sí hubo una distorsión de los resultados. Es difícil probarlo, pero me parece demasiada coincidencia que tantas agencias prestigiadas cometieran los mismos errores”, explica Francisco Aceves González, académico del Departamento de Estudios de la Comunicación Social,  del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades.

Las tendencias publicadas por la mayoría de las empresas —para Aceves sólo la encuestadora Demotecnia, de la fallecida María de las Heras, tuvo resultados que se apegaron más a los números finales— provocaron en la ciudanía una percepción de que el entonces candidato del PRI, Enrique Peña Nieto, era invencible, lo cual molestó a la oposición.

“Las encuestas solamente se van sobre las bases de los sondeos, que son preguntas. Pero hay formas de manifestación de la opinión pública que también tienen que ser consensuadas y consideradas. Los encuestadores, por ejemplo, no tomaban en cuenta el Movimiento #Yosoy132. Eso también influyó en una serie de cuestiones. El tema es muy complejo”.

Reglas más duras
La reforma electoral establece varias obligaciones para quienes pretendan ordenar, realizar o publicar encuestas por muestreo, encuestas de salida y conteos rápidos. Si la encuesta se difunde por cualquier medio, deberán entregar copia del estudio completo a más tardar cinco días después de su publicación.

José Gómez Valle, director de Comunicación Social del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), especificó que en estos informes deberán identificar a quién patrocinó o pagó la encuesta, con nombre, denominación social o hasta logotipo, así como quién la ejecutó, quién solicitó, ordenó o pagó su difusión.

Todos los resultados de encuestas o sondeos de opinión que sean publicados deberán contener fecha de levantamiento, definición detallada de la población de estudio y aclarar que el resultado sólo tiene validez en las fechas específicas del levantamiento, además del fraseo exacto utilizado y las preguntas de la encuesta. Deberán acompañar la factura que respalda la contratación de la encuesta, incluyendo el nombre de quien contrató el estudio y el monto.

Para realizar encuestas de salida o conteos rápidos, las empresas deberán dar aviso a la Secretaría Ejecutiva del IEPC a más tardar siete días antes de la jornada electoral. El instituto publicará en internet la lista de las registradas y entregará carta de acreditación. Al divulgar encuestas de salida y conteos rápidos habrá de señalar clara y textualmente: “Los resultados oficiales de las elecciones locales son exclusivamente aquellos que dé a conocer el IEPC, y en su caso, el TEPJEJ”.

El IEPC realizará un monitoreo para identificar las encuestas publicadas en medios. Esta información nutrirá informes semanales y mensuales para determinar si alguna publicación no cumple con los criterios del INE. La nueva ley considera penas de prisión de 6 meses a 3 años.

“El cumplimiento de estos lineamientos no implica que el instituto avale la calidad de los estudios ni mucho menos cualquier otra conclusión que pudiera derivarse de dichos estudios”, aclara Gómez Valle.

Las dudas de 2012
De acuerdo a un estudio de Leo Zuckerman, publicado en la revista Nexos, de 18 empresas demoscópicas que publicaron mediciones en el proceso de 2012, seis reprobaron. Algunas de éstas “estrepitosamente”. En el mismo artículo se da cuenta de que dos (BGC, y Buendía y Laredo) admitieron errores, no así Mitofsky, GEA-ISA y Parametría, que defendieron sus metodologías.

El desempeño de las encuestadoras dejó amargo sabor de boca entre analistas e intelectuales. Incluso el Movimiento Progresista lo señaló como causal para invalidar la elección en su demanda.

“Hay varios factores. Veo el problema de la metodología, el fracaso metodológico de 2012 y que nada garantiza que la que usarán ahora vaya a ser mejor. Que cumplan con todos los requisitos que pide la Ley Electoral no garantiza que esos resultados sean confiables, y la otra es el uso propagandístico que hacen los partidos y candidatos de sus encuestas o de encuestas hechas a modo y que las difunden para generar un efecto de propaganda, si es que van ganando. Todo eso viene en detrimento del valor que tiene la encuesta como un insumo para que tu voto sea más racional”, concluye Francisco Aceves.

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