Realidades de la presa de Arcediano

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presa y puente de arcediano

En la edición 557, del 19 de enero, hacía referencia al folleto “Arcediano, un chorro de beneficios”, que representa desinformación hacia los ciudadanos por parte de la Comisión Estatal del Agua (CEA). En esta segunda parte agrego una frase más del folleto y dos importantes inconsistencias de la Autorización en Materia de Impacto Ambiental (MIA).
Dice el folleto de la CEA: La presa de Arcediano captará las aguas del río Verde y del Río Santiago; declaración que parece un intento por disminuir el panorama de las aguas muertas que se captarían. Es claro que si la presa se construye sobre el Río Santiago, las aguas que almacenará son precisamente las de dicho río, ya que una vez que este cauce recibe todas las aportaciones de sus afluentes, su agua le pertenece.
Los afluentes del Río Santiago hasta el sitio Arcediano son el Río Zula, el río Calderón y el Río Verde. Expresado en la forma como lo hace el folleto, tendría que decir que la presa de Arcediano captará las aguas de los ríos Zula, Calderón, Verde y Santiago; tan ilógica forma de decirlo como la que indica las del Río Verde y el Santiago.
Con relación a las inconsistencias, se encuentra también involucrada la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), que en la página 36 de la Autorización en Materia de Impacto Ambiental a favor del Gobierno del Estado de Jalisco para la construcción de la presa de Arcediano, establece la Condicionante No. 12: “La promovente será la responsable de que los colectores y las plantas de tratamiento se encuentren totalmente operando al momento de iniciarse la construcción de la cortina […], lo que asegurará que el agua a almacenar en la presa, tendrá una calidad aceptable para ser potabilizada. Queda prohibido el llenado del embalse sin las condiciones que garanticen la calidad del agua de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994”.
La existencia y operación de las plantas de tratamiento y colectores no puede asegurar que el agua tendrá la calidad aceptable para ser potabilizada. Ya que esa condición aún no existe, no se puede conocer la calidad que tendría el agua, y esto queda perfectamente planteado en el informe de la Organización Panamericana de la Salud, que establece que la información con que se cuenta acerca de los contaminantes en las corrientes fuente de abastecimiento es insuficiente y se requiere generar nueva información.
Hace énfasis en los sedimentos de los ríos que formarían parte del almacenamiento, la flora acuática y la exposición a metales y otros contaminantes liberados y para los que la MIA no hace proyecciones. Esta deficiencia no la observa la autorización de SEMARNAT, pero es claro que hay un desconocimiento acerca de la “garantía” de la calidad del agua para ser potabilizada.
Hay que agregar que la operación de las plantas de tratamiento y colectores no puede asegurar la calidad del agua, ya que no evita que de las abundantes tormentas de la temporada de lluvias que se precipitan en la ciudad, el agua colectada, combinada con las aguas negras, ingrese al Río Santiago, porque el colector proyectado para conducir la mayor parte de estas aguas no tendrá capacidad suficiente para los gastos máximos estacionales que son comunes en la ZMG.
El procedimiento que se debe seguir es que una vez que se haya evitado la entrada de aguas residuales al río, se caracterice nuevamente el agua y sólo hasta entonces se defina el tipo de tratamiento de potabilización que requiera y sus costos, los cuales pudieran hacer inviable el proyecto. Sólo después de estas acciones es posible conocer además los riesgos a los que estaríamos expuestos los usuarios del agua de la presa. La OPS estableció lo que la lógica de la planeación dicta la necesidad de una segunda fase, con más información, para poder evaluar los riesgos, lo que permite plantear un programa de contingencias para eventualidades.
La segunda inconsistencia se encuentra en el mismo párrafo de la Autorización de la MIA, la prohibición de llenar embalse si no se obtuvieran las condiciones que garanticen la calidad del agua de acuerdo a la NOM-127-SSA1-1994; resulta obvio lo ilógico de haber construido una estructura de más de 3 mil millones de pesos que no podrá cumplir con los fines para los que se está planeando. En caso que de acuerdo con la autorización de la MIA la presa construida no se pueda llenar, además de la millonaria erogación se habría causado un impacto en el Río Santiago que implica un reencauzamiento innecesario y eventualmente insuficiente que la autorización no toma en cuenta.
No llenar el almacenamiento implica que la circulación del agua por el Río Santiago no es posible, por lo que tendría que transitar por la obra de desvío, la cual es provisional y no contempla el paso de una avenida extraordinaria mayor a un período de retorno de 100 años. En caso de presentarse una avenida con un período de retorno mayor, el agua se almacenaría en la presa el tiempo necesario para que el cauce artificial permita que salga el agua almacenada, lo que hace entonces imposible cumplir con la condicionante.
En resumen, si no se obtienen las condiciones que garanticen la calidad del agua, ¿qué justificación hay para una construcción de miles de millones de pesos? Se sumaría la presa de Arcediano a las obras semiconstruídas, pagadas con los impuestos de los ciudadanos, como la presa El Salto y la segunda etapa de la planta de bombeo de Chapala. Estas dos últimas obras forman parte de proyectos de abasto de agua para la ZCG de los años 1989 y 1992 que quedaron inconclusos.
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* Profesora investigadora del CUCEA
*Integrante de la red de Comunicación y Divulgación de la Ciencia
Unidad de Vinculación y Difusión

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