Uniones de facto

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Ante la falta de un ordenamiento jurídico que regule modelos de coexistencia distintos a la familia tradicional, en el poder legislativo de Jalisco se estudia desde abril una iniciativa para crear la Ley de Libre Convivencia, la cual habrá de ser dictaminada a favor o en contra antes de que termine el año, y que en los últimos meses ha desatado un debate ideológico entre conservadores y progresistas.

Los detractores temen que con esto se abra la puerta a las bodas entre personas del mismo sexo y hasta de las adopciones. Su impulsor, el diputado local Enrique Velázquez González afirma que esta ley no considera ese tipo de cuestiones y que incluso no es exclusiva de homosexuales, sino que puede beneficiar a todo tipo de personas.

La iniciativa está suscrita por 12 diputados que pertenecen a cuatro partidos políticos distintos, y un legislador independiente. Define a la libre convivencia como un acto jurídico bilateral, que se constituye cuando dos personas de diferente o mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica, establecen un hogar común, con voluntad de permanencia y de ayuda mutua.

La ley busca otorgar derechos sucesorios, de alimentos y de seguridad social a personas que, aunque no tengan vínculo sentimental ni familiar, vivan bajo el mismo techo.

“La libre convivencia es un nuevo estado civil que no trastoca la institución del matrimonio y que no es exclusiva para homosexuales, sino que busca proteger los distintos tipos de familia que no busquen fines de matrimonio. El matrimonio es una institución que ya está regulada por el Artículo 268 del Código Civil, reconocido exclusivamente entre un hombre y una mujer. Eso lo dejamos intacto”, señala el diputado Enrique Velázquez, quien también especifica que los libre convivientes no pueden adoptar a nadie.

Entre los modelos de convivencia distintos a la familia tradicional, señala los hogares donde sólo hay hermanos cuyos padres fallecieron, dos amigos que decidieron no casarse y buscan compartir cargas económicas o dos hermanos de la tercera edad, entre otros.

La catedrática de derecho familiar y derecho sucesorio, del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades (CUCSH), Norma Angélica Olvera Estrada, explica que “es un tema de derechos humanos, una ley que trata de organizar lo que ya existe y dar protección legal a esas organizaciones. Esta ley busca proteger a estos núcleos familiares, ya sea con personas del mismo sexo o diferente. Es en general a cualquier tipo de organización familiar que no reúne los requisitos de la familia tradicional”.

Indica que ese tipo de familias no tradicionales están desprotegidas completamente, ya que “de repente una persona depende de otra con la que no tiene ningún vínculo familiar y no puede protegerla con servicios sociales, o si fallece queda completamente desprotegida, por la dificultad de transmitirle los bienes que de hecho consiguieron como familiares”.

No obstante, la especialista opina que lo ideal sería que esta ley que se discute en Jalisco para su posible aprobación, no cree un nuevo estado civil, sino que propicie contratos o que se instrumentalice por algún otro método alternativo.

La iniciativa
La Ley de Libre Convivencia estaría conformada por 30 artículos y algunas adiciones a la Ley del Registro Civil de Jalisco, institución que daría fe y registraría la libre convivencia, expidiendo un documento que la acredite.

En la exposición de motivos, la iniciativa recuerda que en 2006, en el Distrito Federal se publicó una Ley de Sociedades de Convivencia, y que en 2011 la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prohibió la discriminación por preferencias sexuales, e invoca tratados internacionales, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, a la cual México se adhirió, además de algunos criterios jurisprudenciales de la Suprema Corte de Justicia.

De acuerdo a cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), 43.9 por ciento de los mayores de 15 años están casados; 15.6 por ciento en unión libre, y más del 35 por ciento en otra unión distinta al matrimonio. De las aproximadamente 26 millones de familias que hay en México, casi el 1 por ciento es de parejas del mismo sexo (229 mil 473) e incluso 172 mil son de parejas homosexuales con hijos.

Al respecto, la iniciativa menciona que “no existen derechos que protejan los intereses de los involucrados, toda vez que la única institución que garantiza plenamente los derechos alimentarios, de tutela y sucesorios, encuentra exclusiva cabida en la institución del matrimonio. Esta realidad no puede ni debe continuar así. Consideremos que la labor del legislador es precisamente la de velar por el respeto irrestricto de los derechos de todos los ciudadanos, sin atender la causa por la que no han accedido al matrimonio. Negar el reconocimiento de dichos derechos implica discriminación institucional por omisión”.

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