Transparencia obligada

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Jalisco posee una nueva Ley de transparencia e información pública, que, afirma el promotor de esta iniciativa, el diputado panista Rodolfo Guadalupe Ocampo Velázquez, permitirá obtener cualquier dato o cifra en poder del Estado y las instituciones públicas, para favorecer la transparencia y rendición de cuentas por parte de los funcionarios.
No obstante, para que esta ley sea derecho vigente, se necesita que la mitad de los municipios la apruebe, pero hasta el momento solo 23 de los 124 municipios de Jalisco lo han hecho. “Nos hemos tardado un poco en este paso. Si los municipios no la aprobaran, entonces hay una afirmativa ficta (una decisión de carácter normativo). Preferimos que ellos se pronuncien a favor”
Esta semana, presentarán un acuerdo legislativo para que los 101 municipios restantes aprueben la modificación a la brevedad posible.

Las obligaciones

La ley, aprobada en diciembre del año pasado, obliga no solo al ejecutivo estatal a revelar sus cifras, sino también a los otros poderes, a los municipios, organismos públicos descentralizados (OPD) y hasta partidos políticos, los cuales deben ofrecer –de manera ágil y certera– información que antes era negada por las cúpulas en el poder.
El periodo de reserva para la información “de seguridad nacional” logró ser reducido de 15 a 10 años, el mismo lapso que maneja la federación.
“En el caso de juicios, dictámenes, auditorías, procesos de licitación o de concurso en trámite, los datos son reservados, pues resulta inconveniente difundirlos en su momento, pero deberán hacerse accesibles al público una vez que el proceso haya concluido”.
El diputado panista agrega que otro de los avances es la creación del Instituto de transparencia y acceso a la información (ITAI). Dicho organismo contará con cuatro consejeros honoríficos (sin goce de sueldo) y un presidente, los cuales serán nombrados por el Congreso para “promover la cultura de la transparencia y para que sirvan de árbitro cuando surja una controversia”.
“Ellos emitirán dictámenes vinculatorios que obliguen al servidor público a rendir cuentas cuando el caso lo amerite. Esto es un avance importante, porque la ley anterior tenía muchas lagunas que aprovechaba el servidor público para negarse a entregar la información y la única opción consistía en ir a los tribunales administrativos, cuyos juicios eran largos y costosos”.
Rapidez

Ocampo Velázquez señala que con la nueva ley los tiempos de entrega han disminuido, “porque la importancia de la información reside, sobre todo, en que sea oportuna, para poder tomar decisiones”.
Así que ahora el funcionario cuenta con cinco días hábiles para entregar los documentos que se le pidan y, en caso de que requiera más tiempo, puede solicitar una prórroga de cinco días, pero no deberá exceder los 10 días hábiles.
–¿Qué tipo de trampas impedirá esta nueva ley?
–Antes era más grande la lista de información reservada que la pública. Ahora partimos de la idea de que todo es público, menos en los casos de excepción que mencionamos al principio, considerados como “información reservada”.
–¿Habrá sanciones para quien niegue información?
–En caso de que la autoridad no entregue la información solicitada, el ciudadano tiene la opción de recurrir al ITAI, el cual, luego de analizar la situación, puede enviar un dictamen para obligar al funcionario a presentar los datos. Las sanciones pueden ir desde la amonestación o la separación del cargo hasta la inhabilitación para ejercer cualquier cargo público, según la reiteración o la gravedad de la falta.
–¿Por ejemplo?
–Negar información, proporcionar una falsa, darla incompleta o destruirla. También podría ser sancionado el funcionario que revele información confidencial o reservada.

Grave confusión

El maestro Gabriel Torres Espinoza, rector del Centro Universitario de la Ciénega (CUCiénega), de la Universidad de Guadalajara, explica que hay una “grave confusión”, ya que los políticos hablan de forma indistinta de transparencia y acceso a la información como si fueran sinónimos.
“El acceso a la información es un derecho del ciudadano y debe ser regulado, mientras que la transparencia constituye una obligación de todas las instituciones públicas, con o sin ley, lo que significa poner en una caja de cristal los temas relacionados con el manejo financiero y administrativo de su organización”.
Por este motivo “no podemos establecer una relación directa entre acceso a la información y transparencia. No podríamos decir que las instituciones que más peticiones de acceso a la información responden a los ciudadanos son, por tanto, más transparentes, como tampoco que las dependencias a las que nunca les solicitan datos, no lo son”.
Agrega que “quizá” la transparencia pueda ser consecuencia de un ejercicio participativo y reiterado de miles de ciudadanos que buscan conocer el estado que guardan las instituciones públicas de su país, garantizar el derecho a la información no las lleva a ser transparentes.
“Tampoco creo que transparencia y acceso a la información deban venir en una sola ley. Creo que ese es un asunto que no ha evolucionado en México. Tal vez por la ineficiencia estructural de nuestros legisladores, confunden transparencia e información y redactan este tipo de leyes”.
México, reitera, debería legislar el acceso a la información, pero “la transparencia es alcanzada mediante la fiscalización interna, externa y de los procesos de rendición de cuentas. Es distinto que un ciudadano tenga derecho a pedir que un documento le sea facilitado en tiempo y forma para documentarse sobre un asunto público.
“Saber cuánto gasta la pareja presidencial en Los Pinos en la compra de toallas, no quiere decir que la presidencia de la república rinda cuentas y sea más transparente, pues solo informa cuánto costaron. Lo único que hace es comprobar el gasto, pero no justificarlo”.

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