Sobre la Reforma al Poder Judicial

608

El Congreso de Jalisco, el 25 de septiembre del 2019 en sesión extraordinaria, aprobó la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco. El interés por reformar al poder judicial no sólo vino de la campaña electoral del gobernador de Jalisco Enrique Alfaro Ramírez, sino también del presidente Andrés Manuel López Obrador, quien puso el tema a debate cuando se discutían los sueldos de los servidores públicos y la austeridad republicana.

En su momento, se trató de justificar la autonomía del poder judicial, así como sus salarios e, incluso, que jueces y magistrados mantuvieran el fuero para garantizar la justicia. Sin embargo, los altos índices de impunidad y de corrupción que vive Jalisco y todo el país, han hecho evidente que un cambio en el poder judicial es necesario. Según el Índice Global de Impunidad de 2017, de la Universidad de las Américas Puebla (UDLAP), de cada 100 delitos cometidos y son denunciados sólo el 0.7 por ciento llega a la etapa de sentencia. En 2018, en el mismo informe, México apareció como el cuarto país más impune del mundo y, a nivel subnacional, todas las entidades federativas tenían una tendencia similar, siendo los estados más impunes Nayarit, Michoacán y el Estado de México.

Es claro que el problema de la justicia en México y en Jalisco tiene varias explicaciones, y no depende sólo de los jueces y magistrados; aún así la percepción es que mucho del problema surge en el sistema de nombramiento de los mismos, pero, ¿hasta qué punto esta afirmación es justa?

Mientras que quienes deciden hacer una carrera política en el poder ejecutivo y legislativo enfrentan obstáculos dentro de sus partidos políticos para lograr candidaturas, y después para generar consenso entre los votantes a quienes buscan representar, en el poder judicial los nombramientos de sus integrantes dependen del consenso que puedan generar entre las fuerzas políticas que los avalen. Gobernador, alcaldes y diputados no tienen grandes limitaciones para cambiar de partido político y muy pocas para aspirar a otros puestos, mientras que los jueces y magistrados tienen más limitaciones en la ley para acceder a otros cargos públicos y para relacionarse con otros poderes y actores de la vida pública, y sufren directamente las amenazas de delincuentes o del crimen organizado. Muchas veces las competencias de alcaldes y diputados, su gestión y productividad en el gobierno o en el congreso, pueden ser justificados por el voto popular, que es el que legitima su nombramiento. Los jueces y magistrados son legitimados por su carrera judicial y por la elaboración de sus sentencias basadas en los procedimientos establecidos y, aún así, siempre son cuestionados por tener alguna relación con grupos políticos para poder ser nombrados. Estas diferencias hacen que la profesionalización del poder judicial tenga que ser analizada a profundidad y entender de manera global la situación que viven día a día los integrantes del mismo. 

La reforma aprobada en Jalisco sobre todo giró en torno a tres grandes puntos: la discusión del haber de retiro, que son bonos de jubilación para los magistrados, realizar exámenes de control y confianza e incluir el principio de la paridad de género. Se ha hecho énfasis en que los nombramientos se harán más con base en evidencias técnicas visibles en sus CV respecto a sus aptitudes y preparación, así como revisión de los conflictos de intereses y situación patrimonial. Sin duda, la profesionalización y el comprobar aptitudes son imprescindibles entre jueces y magistrados, pero la cuestión es: ¿cuándo se requerirá lo mismo a los que se postulan para gobernador, alcaldes o diputados?.

Artículo anteriorEl desguace de las musas
Artículo siguienteTemporada de Verano Copia Copia