Libros poco accesibles

668

Según cálculos, menos del uno por ciento de las obras publicadas en México pueden ser leídas por personas con discapacidad visual. Ese mismo porcentaje es una cifra vigente en países subdesarrollados, mientras que en los desarrollados llega al siete por ciento. De ahí la importancia de que sean publicados libros para que estas personas puedan ejercer su derecho a la lectura, explicó Camerina Robles Cuéllar, presidenta de Discapacitados Visuales, una organización de la sociedad civil que desde hace 10 años colabora con la Unión Latinoamericana de Ciegos y que ha participado en las negociaciones en Ginebra del tratado de Marrakech.

Las declaraciones fueron vertidas al ser entrevistada durante su participación en el II Foro “El derecho a leer”, en el auditorio central del Centro Universitario de Ciencias Económico Administrativas (CUCEA). Dicha actividad tuvo entre sus fines poner en la mesa de discusión todas las obligaciones que derivan del tratado de Marrakech, firmado por México en junio de 2014. Este foro fue organizado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en coordinación con Discapacitados Visuales, entre otras organizaciones.

El tratado de Marrakech es un instrumento internacional que busca promover el acceso a la información de todas las personas con alguna discapacidad. Por ejemplo, visual, intelectual, auditiva y motora.

Agregó que los países que lo han firmado, en total 16, se comprometieron a adoptar en su legislación las disposiciones que permitan la reproducción y distribución de obras publicadas en formatos accesibles para esta población. El tratado establece los estándares generales, de ahí la necesidad de trabajar algunos de manera específica. No entrará en vigor hasta que 20 países lo ratifiquen.

La activista manifestó la necesidad de que haya más versiones de libros para que puedan leerlos personas con discapacidad visual. El tratado de Marrakech implica las siguientes condiciones para que eso pueda ser posible: debe existir acceso legal a la versión original de la obra, los libros deberán ser destinados a personas con discapacidad, no tendrán fines de lucro y sólo pueden hacerse aquellas modificaciones que hagan accesible un libro para personas con discapacidad, es decir, no permiten modificaciones a capricho en el contenido de las obras.

El derecho a la lectura es para cualquier persona con alguna discapacidad. Sin embargo, en la práctica este núcleo enfrenta muchos obstáculos. Por ejemplo, las personas que estudian un posgrado no tienen siempre a su alcance libros de consulta a la hora de hacer una tesis, entre otros aspectos. Además, cada instancia publica libros de acuerdo a su propia experiencia. Las editoriales en ocasiones no ponen en relieve o no incluyen una descripción de los dibujos, cuando podrían hacerlo, agregó Germán Bautista Hernández, visitador adjunto de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Bautista Hernández resaltó la necesidad de homologar criterios y establecer estándares mínimos para la publicación de libros para personas con alguna discapacidad visual, ya sea videolibros, textos en braille o audiolibros, entre otros.

Las personas con alguna discapacidad visual y las organizaciones que las agrupan deben ser consultadas para que determinen en qué formatos necesitan los libros, ya que las editoriales podrán hacer esfuerzos para publicar textos adecuados, pero no necesariamente conocen a la población a la que van dirigidos.

Artículo anteriorUniversiada, una fiesta deportiva
Artículo siguienteInformes sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública