De la moral al derecho

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…el orden jurídico es creado por órganos compuestos por personas que tienen principios diferentes. Unos son liberales, otros conservadores y otros comunitarios, por mencionar tres filosofías políticas.

José Ramón Cossío

Cada semestre, cuando me entero de que la carrera de Derecho es una de las alternativas profesionales más demandadas en nuestro país, se renuevan mis esperanzas por un mundo mejor pensando en la gran cantidad de jóvenes preocupados por reflexionar y actuar a favor de la justicia. El clamor por la justicia lo encontramos en las familias, en el trabajo, en las universidades, en los hospitales, en el campo, en las ciudades, y aquí me detengo, porque tengo la impresión de que, cuando dos o más sujetos interactúan, tarde que temprano aparece el espectro de la indefinible, intangible y añorada “justicia”.

La justicia se parece un poco a la noción del tiempo en tanto que, como dijera San Agustín en sus Confesiones: “Si nadie me lo pregunta lo sé, pero si trato de explicárselo a quien me lo pregunta no lo sé”.  Todos la nombramos a la justicia y decimos desearla, sin embargo, al pretender encontrar una definición que satisfaga todos los casos en que utilizamos el concepto, los acuerdos se desvanecen. Pero más allá de las confusiones lingüísticas, creo que podríamos coincidir en que la justicia es algo deseable entre los humanos y lo asociamos con formas pacíficas, ordenadas, honestas o armónicas de convivencia.

Sin embargo, si bien asociamos a la justicia con algo bueno, surge una nueva dificultad que la vislumbramos en la materia prima de los abogados: las leyes. Una ingenua noción de la ley nos permite pensarla como el documento que plasma la aspiración humana y social por la justicia y, para ello, establece lo que está permitido y lo que está prohibido hacer a fin de que la sociedad se desarrolle en armonía. Hasta aquí todo parece impecable, pero el conflicto salta cuando lo que mandan o permiten las leyes es diferente entre países, estados o municipios.  Mientras en una región una norma permite las expresiones de cariño sin límites en la vía pública, en otro te puede sancionar severamente; cuando una ley aprueba que es decisión exclusiva de la mujer interrumpir un embarazo, otras lo castigan con muchos años de cárcel o, en tanto que una legislación aprueba la eutanasia, otra la rechaza. Supongo que, a pesar del sentido opuesto entre los mandatos, nuestra intuición de la justicia prevalece, pero también parece claro que las normatividades, como las aludidas, responden a una fuerte carga de moralidad por parte de quienes las promueven, las avalan y las promulgan.

Friedrich Nietzsche afirmaba: “Las leyes no revelan lo que un pueblo es, sino lo que les parece monstruoso”. Si la inmensidad de creencias morales se convierten en un referente para el establecimiento de normas jurídicas, entonces el abogado no puede ser indiferente a la ética, antes bien su estudio y el desarrollo de habilidades para practicarla se presenta como un requisito imprescindible en su labor profesional, en tanto que lo coloca de frente a uno de los factores que motivan o anteceden a su actividad profesional: las creencia morales.

Así, entre la moral, la ética y el derecho hay un vínculo permanente. Una somera aproximación a este enlace nos permite pensar a la moral como el conjunto de creencias que los individuos o grupos sociales consideran aceptable o inaceptable; la ética implica la revisión crítica y racional de dichas creencias y el derecho contribuye a su concreción para normar las conductas aprobadas y censurables socialmente. Aunque anteriormente habíamos mostrado la fuerte integración entre la moral y el derecho, entonces la ética se presenta como un instrumento crítico que procura el sustento racional y razonable de lo que finalmente servirá como criterio para la conveniencia social, soportado en los mecanismos institucionales que se consideran apropiados para su cumplimiento (premios o castigos).

Pero a pesar de una posible concreción de las normas sociales, discernidas por procedimientos críticos o racionales, los resultados no necesariamente garantizan la integración de voluntades o creencias morales. Tanto el derecho como la moral son dinámicos y requieren de procesos constantes de revisión y adaptación ante las nuevas realidades que presenta el mundo, la sociedad y las nuevas concepciones, muy frecuentemente motivadas por las ciencias y la filosofía que, a través de sus procesos reflexivos, nos ofrecen formas alternativas para concebir al mundo y a nosotros mismos.

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