Casas en el aire

1428

“La invasión de terrenos es una práctica común en nuestro país”, argumenta Irineo Martínez Barragán, investigador del Departamento de Geografía y Ordenación Territorial del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades (CUCSH). Agrega que las constructoras de viviendas y fraccionamientos se respaldan en permisos de urbanización fraudulentos a causa del desorden que existe en catastros, tanto municipales como estatales y federales.

Para Roberto Cibrián Toscano, ejemplo de ello es el condominio Ojo de Agua. Ese fraccionamiento en 2010 le pareció una excelente opción para vivir. Ubicado en una zona relativamente céntrica, cerca de la estación del tren ligero División del Norte, sobre la avenida Federalismo, casi en el cruce con Circunvalación. Sin embargo, ese mismo año, apenas unos meses después de que acabara de llegar a su nueva residencia, el ayuntamiento de Guadalajara emitió un aviso para aquellas personas que vivían en el condominio: tenían que desalojar sus casas por un juicio de lesividad, porque las fincas están construidas en una zona de riesgo, pues argumentaban que la Constructora Pañol edificó sobre veneros de agua que pertenecen a la cuenca de Colomos.

Explica que la constructora continuó edificando con permisos ilegales, y sobre el juicio de lesividad dice que “todos los amparos promovidos por la Constructora Pañol fueron perdidos y con base en gratificaciones (mordidas) los expedientes han sido archivados (o escondidos). Cuando uno pregunta a Pañol por las resoluciones, nos dicen que no existe nada en contra de ellos. Sin embargo, el juicio existe”.

El arquitecto Fernando Rábago, apoderado legal de la Constructora Pañol, declara que todos los permisos están en norma, que el juicio de lesividad está terminado y que éste ampara las casas de Ojo de agua y a Pañol para que siga construyendo en esa zona: “No hay ningún riesgo para la construcción y tampoco para habitar la zona. La existencia de los yacimientos es un mito. Sí hubo veneros, pero eso fue hace como cincuenta años”.

Ante la solicitud de copia de los documentos que indican que el juicio de lesividad falló a favor de Pañol, Rábago comenta que están disponibles para los vecinos. Sin embargo no puede proporcionar alguna copia “debido a que no son documentos públicos”, y agrega que el permiso con el que cuenta tiene fecha de 2013.

Los espacios de vivienda en el condominio Ojo de Agua siguen en venta, aunque los vecinos han tomado medidas para aconsejar a quienes se interesan en comprar una casa en el lugar. “Hemos puesto una pancarta informando a los interesados acerca del problema jurídico en el que estamos metidos”, afirma Cibrián.

Acerca del fraccionamiento Ojo de Agua, Martínez Barragán dice que él y otros investigadores comprobaron que no se podía construir en la zona y relata que emitieron los permisos en los días de asueto de diciembre de 2006: “Luego, cuando uno revisa estos expedientes, es fácil encontrarse con ciertas ironías: el encargado de Conagua de ese momento relata en su informe que se posicionó en la zona, que miró hacia todos los puntos cardinales y que no vio ningún yacimiento de agua”.

Vacíos legales
La ocupación de terrenos, explica el investigador, se da de esta forma: “Primero ponen ahí a una persona a que vigile y ya que ven que nadie reclama el terreno, siguen manteniéndolo cuidado, pero no fincan hasta que pasan los diez años. Empiezan a documentarlo, luego crean una inmobiliaria con una Asociación Civil de compra y esa inmediatamente vende a otra y desaparece.

“Así hacen un movimiento igual con tres o cuatro ventas, hasta que le crean un antecedente al predio. Con esa certeza jurídica, de que ya queda inscrito en el Registro Público de la propiedad y demás, llegan a fincar”.

Comenta que esto se debe al descontrol que hay en el catastro urbano, estatal y federal: “Es tan deficiente, que si revisamos una acta de propiedad de un terreno, esa según lo que ahí significa, puede estar ubicada en cualquier parte, las colindancias son incorrectas, imprecisas, están incompletas, y las formas del polígono también”.

La “ocupación de terrenos”, que hasta cierto punto se considera legal, se ampara bajo un juicio de usucapión, el cual, en palabras de Carlos Álvarez Contreras, asesor de la Dirección General de Catastro del Gobierno del Estado de Jalisco, se puede efectuar si quien posee el terreno comprueba que lo está haciendo de buena fe: “Si se demuestra que no hay problemas con los vecinos y están pagando contribuciones, entonces hacen este juicio, el juez te declara propietario y una vez otorgado el dictamen, el propietario puede fincar como él lo decida, independientemente del tipo de afectación que pueda haber en la zona donde quede asentado tu terreno”.

Indica que “el posible problema es que cada ente (municipal, estatal y federal) debería tener su propio inventario de terreno —ya sean bosques, plazas, parques, monumentos, etcétera”, de lo cual se va generando un avalúo, lo que significa que debe existir escritura, pero al no haber papeleo de todo esto, la gente empieza a invadir y se construyen fraccionamientos —muchas veces de manera descontrolada— que tapan arroyos, cuencas de ríos y áreas naturales en general.

Martínez Barragán considera que este tipo de cuestiones ocurren porque las leyes en el país son injustas, inequitativas y están apegadas a intereses: “Esto sucede en la costa, en los bosques, incluso en zonas urbanas. Hay vividores de este tipo. El problema es que si regulan el catastro, afectan otra vez muchísimos intereses y volvemos a ver el tema de las leyes injustas”.

Artículo anteriorCuidados de reina
Artículo siguienteDictámenes Núm. IV/2014/158, IV/2014/197 y I/2014/208